Trámites municipales

Solicitud de microcréditos para la promoción del autoempleo

Descripción

Solicitar la concesión de microcréditos para la promoción del autoempleo.

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas que cumplan los requisitos enumerados en el apartado “Requisitos».

Requisitos

  • Residir en la Ciudad de València o su término municipal.
  • Exclusión financiera. Imposibilidad de obtener crédito en el mercado financiero por la carencia de bienes inmuebles que concurran como garantía en la concesión del préstamo.
  • Aplicable a personas en situación de exclusión social o riesgo de la misma (colectivos listados a modo indicativo):
  • – Personas en situación de desempleo mayores de 45 años
  • – Personas en situación de desempleo durante más de un año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la solicitud
  • – Drogodependientes rehabilitados
  • – Inmigrantes en situación regular
  • – Personas liberadas de prisión
  • – Personas perceptoras de rentas de inserción
  • – Titulares de hogares monoparentales
  • – Mujeres en proceso de reincorporación al mercado de trabajo
  • – Personas discapacitadas
  • – Personas incluidas en programas de los Servicios Sociales Municipales
  • Tener un proyecto serio de autoempleo.
  • Aportación no inferior al 5% de la inversión por parte del beneficiario.
  • La inversión del beneficiario no debe haber comenzado con anterioridad a los seis meses precedentes a la firma del microcrédito.
  • No tener impagos bancarios pendientes de ejecución. A tal efecto la entidad financiera consultará la Central de Información de Riesgos del Banco de España.

Cuando solicitarlo

A lo largo de todo el año.

Información Complementaria

Este trámite es producto de un Convenio del Ayuntamiento con entidades de naturaleza privada y permite iniciar el proceso de concesión, el cual es completado por estas entidades y concluye con la concesión o no del microcrédito por parte de la entidad financiera participante en el Convenio.

Aunque inicialmente no se exige ninguna documentación, en las fases posteriores del proceso puedan requerir documentación acreditativa de los requisitos y méritos concurrentes declarados por el solicitante.

Condiciones económicas de la línea de microcréditos:

  • Importe máximo: 15.000 euros.
  • Plazo: 4 años más 6 meses optativos de carencia.
  • Tipo de interés: Fijo al 6,67%
  • Comisiones: Sin comisiones.
  • Garantías: Personal sin avales.
  • Gastos: Las entidades no percibirán ni solicitarán retribución por la tramitación. No se abonan gastos de ningún tipo, ni de constitución del préstamo, ni de cancelación, sea anticipada o al vencimiento.

Obligaciones de los solicitantes:

Además de las obligaciones inherentes a la concesión del préstamo, los solicitantes adquieren las siguientes obligaciones:

  • Participar en las actividades de formación que se proponga sobre la constitución de empresas y el funcionamiento del negocio que se pretenda iniciar.
  • Participar del seguimiento del funcionamiento del negocio que hagan las entidades firmantes del Convenio con posterior a la concesión del préstamo.

Funciones de las entidades firmantes del Convenio:

  • Ajuntament de ValènciaSelección inicial de los posibles beneficiarios de los créditos. Esto incluye:
    – Información a los ciudadanos interesados en la solicitud.
    – Acreditación de los requisitos.
    – Propuesta a las entidades colaboradoras para iniciar el trámite.
  • “La Caixa” Caja de Ahorros y de Pensiones de BarcelonaEstudia la propuesta de crédito y concede y deniega los créditos conforme lo previsto en el Convenio y la legislación vigente.
  • Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (ASNEPA)
    La Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos:
    – Realiza la formación para la organización del negocio.
    – Colabora en la elaboración del Plan de Empresa que debe acompañar la solicitud del crédito.
    – Realiza el seguimiento de la aplicación del crédito a la actividad para el que ha sido concedido.

Tratamiento de datos de carácter personal:

El tratamiento de los datos personales de los beneficiarios estará sujeto a los previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos carácter personal. Así:

– El acceso a datos personales por parte de las entidades colaboradoras será el imprescindible para el trámite del crédito.
– Las entidades sociales colaboradoras no realizarán ningún tratamiento de los datos a los que han accedido.
– Los datos personales están sujetos a las garantías, medidas de seguridad y protección previstas en la ley.